14/6/13

SALAS CONTRA RYANAIR


Era una lástima que tras el pequeño incidente con Ryanair me quedase ese mal sabor de boca de Oviedo. Así que decidí hacer algo que no había hecho nunca antes: poner una queja formal a una aerolínea.

Después de casi seis meses, AESA (agencia estatal de seguridad aérea) el organismo que se encarga de gestionar este y otros problemillas con las compañías, ha decidido darme la razón en el caso Salas contra Ryanair.

Al cabo de una hoja y media de espera , esta es la conclusión a la que ha llegado la agencia:
Ante la situación descrita, la compañía aérea encargada de efectuar el vuelo, deberá ofrecerle una compensación de 250 euros considerando que la distancia entre Asturias y Barcelona es de 711 Kilómetros (menos de 1.500 kilómetros).

Además del derecho a compensación, tendrá derecho al reembolso del billete, ya que no ha podido volar.

Como última cuestión, según lo dispuesto en el Reglamento 261/2004, si con motivo de la degeneración de embarque en el vuelo ha incurrido en algún gasto de locomoción, alojamiento, etc., siempre que lo pueda acreditar mediante los pertinentes justificantes, deberán remitirlos a la compañía aérea para su estudio y reembolso, en su caso, si procede.

El único inconveniente, no todo podía ser tan bonito, es que la resolución de la agencia no es de obligado cumplimiento. Vamos, que viene a ser una recomendación y esto a efectos prácticos significa que se lo pasan por el forro.

El siguiente episodio, mucho me temo, será en los tribunales.

Conclusión: lo barato sale caro, vuela con vueling.